Novedades en la reducción del rendimiento neto

Novedades en las reducciones aplicables para la determinación del rendimiento neto de capital inmobiliario

Con la entrada en vigor de la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda, la reducción para la determinación del rendimiento neto del capital inmobiliario se ha visto modificada. Sin embargo, como se verá a continuación, solo afecta a aquellos contratos de arrendamientos de viviendas suscritos a partir del 26 de mayo de 2023.

En primer lugar, es importante aclarar que las nuevas reducciones no afectarán a la declaración de la renta a presentar este 2024, correspondiente al ejercicio 2023. Por lo tanto, en la declaración de la renta de este año, la reducción aplicable será del 60% para todos los casos.

Por lo tanto, las novedades en este sentido serán aplicables para el ejercicio 2024, que tendrá lugar en 2025. Para saber qué reducción es aplicable en cada caso, primero habrá que diferenciar entre dos grupos de contratos: los suscritos antes del 26 de mayo de 2023 y los que lo fueron con posterioridad a esta fecha.

En definitiva, tendremos los siguientes escenarios según cuándo se efectúe la declaración de la renta.
  • 2024, correspondiente al ejercicio 2023. La reducción seguirá siendo del 60% para todos los casos.
  • 2025, correspondiente al ejercicio 2024. La reducción aplicable podrá ser:
    • Contratos firmados antes del 26 de mayo de 2023. 60%, de acuerdo con la normativa anterior a la Ley 12/2023.
    • Contratos firmados con posterioridad al 26 de mayo de 2023. 90%, 70%, 60% o 50%, según las circunstancias que concurran en el contrato.
Una vez situados según la fecha del contrato, ya estamos en disposición de ver cuáles son las circunstancias que se deben dar, en relación a los contratos suscritos con posterioridad al 26 de mayo de 2023, para aplicar cada uno de los diferentes porcentajes de reducción:
Reducción del 90% si:
  • Se formaliza un nuevo contrato de arrendamiento.
  • La vivienda está situada en una zona tensionada.
  • La renta inicial se rebaja un 5% respecto a la última renta del anterior contrato de arrendamiento de la misma vivienda, una vez aplicada, si procede, la cláusula de actualización anual del contrato anterior.
Reducción del 70% si:
  • El contribuyente ha alquilado por primera vez la vivienda.
  • La vivienda se encuentra en una zona de mercado residencial tensionada.
  • El arrendatario tiene una edad comprendida entre los 18 y los 35 años (cuando haya varios arrendatarios en la misma vivienda, la reducción se aplicará sobre la parte del rendimiento neto que proporcionalmente corresponda a los arrendatarios que cumplan los requisitos).
Reducción del 70% cuando:
  • El arrendatario es una Administración Pública o entidad sin ánimo de lucro que destina la vivienda a alquiler social con una renta mensual inferior a la establecida en el Programa de ayudas al alquiler del plan estatal de vivienda o al alojamiento de personas que se encuentren en situación de vulnerabilidad económica o cuando la vivienda esté acogida a algún programa público de vivienda o calificación en virtud del cual la Administración competente establezca una limitación en la renta del alquiler.
Reducción del 60% si:
  • La vivienda ha sido objeto de una actuación de rehabilitación (según se prevé en el apartado 1 del artículo 41 del Reglamento del Impuesto) en los dos años anteriores a la fecha de formalización del contrato de arrendamiento.
Reducción del 50% en el resto de casos.

Los requisitos señalados deberán cumplirse en el momento de firmar el contrato de arrendamiento, siendo aplicable la reducción mientras se continúen cumpliendo los requisitos.

A modo de resumen:
Reducción 60% Nuevas reducciones
90%, 70% y 60%
Reducción 50%
Declaración Renta 2023 Declaración Renta 2024 Desde 1/1/2024 Declaración Renta 2024
Contratos ANTES
del 26/05/2023
X X
Contratos entre
26/05/2023 y 31/12/2023
X Desde 26/05/23
a 31/12/2023

X

A partir de l’1/1/2024,
SI se cumplen requisitos

X

A partir de l’1/1/2024,
si NO se cumplen requisitos

Contratos después
del 1/1/2024
X
A partir de l’1/1/2024,
SI se cumplen requisitos
X
A partir de l’1/1/2024,
si NO se cumplen requisitos

 

Para acabar, hay que poner de manifiesto que la aplicación de las reducciones del 90% y del 70%, como se ha mencionado anteriormente, es necesario que la vivienda esté situada en una zona declarada como área de mercado residencial tensionado, que ha entrado en vigor el 16 de marzo de 2024.

 

Asimismo, las citadas reducciones no serán aplicables a los contratos de arrendamiento que incumplan el apartado 6 del artículo 17 de la LAU.

Para cualquier duda, o si quieres información, puedes contactar con nosotros a través de info@amatimmo.cat o llamándonos al (+34) 934 803 400.

 

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