Novedades para la Renta 2025

Llega la campaña de la Renta 2025: fechas clave de la declaración y novedades

La campaña de la Renta y el Patrimonio de 2025 está a punto de comenzar, concretamente, el día 8 de abril.

Este año, los plazos de presentación de la declaración son:

  • General: del 8 de abril hasta el 30 de junio de 2026, ambos inclusive.
  • En caso de domiciliación bancaria: hasta el 25 de junio de 2025, ambos inclusive.

Estos son los aspectos a destacar y algunas novedades de la campaña de este año:

Obligados a declarar: Al igual que el año pasado:

  • Cuando hay más de un pagador => el límite continúa siendo de 15.876 €.
  • En caso de tener un único pagador => el límite continúa siendo de 22.000 €.

Autónomos: Al igual que el año pasado, desde el 1 de enero de 2023, está obligada a declarar toda persona física que, en cualquier momento del periodo impositivo, haya estado dada de alta como trabajador por cuenta propia en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.

Desempleados e Ingreso Mínimo Vital:

  • Finalmente, se elimina la obligación de declarar para aquellas personas físicas que, en cualquier momento del periodo impositivo, hayan sido beneficiarias de prestaciones por desempleo, salvo que superen los límites establecidos.
  • No obstante, sí estarán obligados a presentar la declaración los perceptores del Ingreso Mínimo Vital, por el solo hecho de percibir la prestación.

Determinación del rendimiento del capital inmobiliario: Les recordamos que, desde el 26/05/2023, las reducciones aplicables podrán ser:

  • Contratos celebrados antes del 26/05/2023 => reducción del 60%, conforme a la normativa anterior a la Ley 12/2023.
  • Contratos celebrados después del 26/05/2023 => reducciones del 90%, 70%, 60% o 50%, en función de las circunstancias del contrato.

Escala del ahorro: Se incrementa el tipo máximo aplicable sobre la base liquidable del ahorro en un 2%, que pasa a ser del 30% (antes era del 28%) cuando la base liquidable supere los 300.000 €. Recordamos que esta escala afecta tanto a los rendimientos del capital mobiliario como a las ganancias patrimoniales del ejercicio.

Es importante recordar, como siempre, que los datos fiscales proceden de la información facilitada por terceros y sirven de base para realizar los cálculos de la Renta, permitiendo contrast ensured posibles diferencias entre los datos fiscales y los datos reales. Por este motivo, es muy importante revisar el contenido de los datos fiscales y del borrador para evitar posibles errores en la liquidación.

 

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