Cumplimiento normativo en edificios: inspecciones obligatorias y mantenimiento de instalaciones
Conformidad normativa en los edificios y sus instalaciones: Inspecciones obligatorias y mantenimientos
La seguridad, la salud y el bienestar tanto de los edificios como de las personas que los habitan dependen, en gran medida, del cumplimiento de la legislación vigente en materia de regulación y mantenimiento de las instalaciones de los inmuebles. Es fundamental garantizar que todas las instalaciones de un edificio, incluidas las eléctricas, de gas, ascensores, calefacción, protección contra incendios y otras, cumplan con los requisitos establecidos por la normativa aplicable. Esta responsabilidad no se limita únicamente a asegurarse de que las instalaciones sean seguras, sino también a realizar las inspecciones iniciales y periódicas necesarias para verificar su buen estado de conservación y el cumplimiento normativo en todo momento. El mantenimiento adecuado y las inspecciones regulares no solo ayudan a prevenir posibles incidentes, sino que también evitan sanciones por incumplimiento de la normativa, además de garantizar el buen funcionamiento y la eficiencia energética de las instalaciones.
A continuación, en este artículo, te explicamos los diferentes regímenes de inspecciones obligatorias de edificios según el tipo de instalación, de acuerdo con la normativa actual, y el papel clave que jugamos los Administradores de Fincas en este proceso.
¿Por qué es importante el mantenimiento legal de las instalaciones de un edificio?
- Mejora la eficiencia energética de las instalaciones.
- Alarga la vida útil de los sistemas técnicos.
- Garantiza la seguridad de los residentes y usuarios.
- Revaloriza el edificio a nivel patrimonial y funcional.
1. Régimen de inspecciones de las instalaciones eléctricas
En general, se deben realizar cada 10 años en todos los edificios que tengan más de 20 viviendas, y en los aparcamientos, tanto si tienen ventilación forzada como natural. Sin embargo, este plazo se reduce a 5 años en casos de locales de pública concurrencia, alumbrado exterior o piscina, entre otros.
2. Régimen de inspecciones de los ascensores
La norma general distingue si el inmueble tiene más o menos de 20 viviendas; en el primer caso, será cada 4 años y en el segundo, cada 6 años. No obstante, habrá que atender al caso concreto para las instalaciones anteriores al RD 355/2024, prestando especial atención a las normas transitorias y adaptaciones.
3. Régimen de inspecciones de las instalaciones térmicas
En las térmicas, cada 4 años; en las solares térmicas, puede ser semestral o anual, dependiendo de la potencia.
4. Régimen de inspecciones de sistemas contra incendios
Se exige una inspección decenal de estas instalaciones.
5. Régimen de inspecciones de depósitos de gasoil
En general, cada 10 años, aunque la normativa puede exigir en algunos casos específicos que sea cada 5 años.
6. Régimen de inspecciones de la instalación de gas
- Caldera doméstica: cada 2 años el aparato y cada 5 años la instalación.
- Instalación comunitaria: cada 5 años.
Inspección Técnica del Edificio (ITE) en Cataluña
Se deberá realizar cada 10 años en los edificios de viviendas plurifamiliares con más de 45 años.
El papel de los Administradores de Fincas
Los Administradores de Fincas tenemos un papel determinante en este proceso. Nuestra labor es esencial para el buen estado y la seguridad del edificio y sus instalaciones.
El mantenimiento legal de las instalaciones de un edificio no es una opción, sino una obligación que protege a las personas, el patrimonio y la seguridad. Confiar en profesionales cualificados, como los Administradores de Fincas, es clave para garantizar el cumplimiento normativo y la tranquilidad de los vecinos.