Renta 2018: Novedades formales y de contenido

A partir del 2 de abril se inicia la campaña de Renta 2018 y, como novedad, desde el 15 de marzo, es posible consultar los datos fiscales de la declaración de IRPF, pudiendo obtenerlas por diferentes vías:

  • Número de referencia: por internet e indicando: DNI del contribuyente, fecha validez DNI e importe de la casilla 475 del ejercicio 2017.
  • Firma electrónica o Clave PIN: podrán acceder directamente a su borrador o sus datos fiscales a través de la Sede Electrónica de la AEAT.

El calendario de presentación de la Renta y del Patrimonio de 2018 se establece de la siguiente manera:

· Presentación por vía telemática: (* Obligatorio por el Patrimonio)

Entre el 2 de abril y el 1 de julio de 2019, ambos incluidos.
Fin plazo domiciliación bancaria el 26 de junio de 2019.

· Presentación no telemática (oficinas AEAT y entidades colaboradoras):

Entre el 14 de mayo y el 1 de julio de 2019, ambos incluidos.
Fin plazo domiciliación bancaria el 26 de junio de 2019.

· Confirmación y modificación del borrador por vía telemática o telefónica:

Entre el 2 de abril y el 1 de julio de 2019, ambos incluidos.
Fin plazo domiciliación bancaria el 26 de junio de 2019.

Una de las novedades de esta campaña de la renta es la exención de las prestaciones por maternidad o paternidad raíz de la Sentencia del Tribunal Supremo número 1462/2018, de 3 de octubre de 2018, que fijó como doctrina legal que las prestaciones públicas por maternidad percibidas de la Seguridad Social están exentas del IRPF. Muy importante también, se elimina la posibilidad de presentar la declaración de la renta en formato papel.

En cuanto a la declaración del Impuesto del Patrimonio cabe destacar que, a partir de ahora, será obligatorio consignar qué tipo de valor se ha asignado (valor catastral; valor comprobado administrativamente a efectos de otros tributos; precio, contraprestación o precio de adquisición; valor en construcción; derechos sobre bienes inmuebles adquiridos en régimen de multipropiedad o fórmulas similares) a los inmuebles declarados en el modelo 714. Asimismo, en los valores exentos representativos de la participación en fondos propios de entidades jurídicas se deberá informar el porcentaje de participación en la entidad que se posea de manera individual y familiar (de manera conjunta con el cónyuge, ascendientes, descendientes o colaterales de segundo grado).

Es importante recordar que los datos fiscales proceden de información facilitada por terceros y sirven de base para realizar los cálculos de la Renta, permitiendo contrastar las diferencias que pudieran existir entre los datos fiscales y los datos reales. Por este motivo es muy importante revisar el contenido de los datos fiscales y del borrador para evitar posibles errores de liquidación.

LE RECORDAMOS QUE SI ESTÁ INTERESADO EN QUE LE CONFECCIONAMOS LA DECLARACIÓN DE LA RENTA Y / O DEL PATRIMONIO EL 2018 SE PONGA EN CONTACTO CON NUESTRO DEPARTAMENTO FISCAL.

Martina Homedes

Responsable Dep. Fiscal