¿Qué documentación necesito para comprar una vivienda de obra nueva?

La semana pasada hablamos de la documentación que se necesita si adquieres un piso de obra nueva todavía en construcción. A la hora de comprar una vivienda de obra nueva el promotor, en el momento de realizar el contrato de compraventa o el contrato de arras, deberá entregarnos la siguiente documentación:

  • Nota simple del registro para conocer la situación jurídica de la finca.
  • Fotocopia de la escritura de obra nueva.
  • Fotocopia de los estatutos y normas de la comunidad de propietarios.
  • Fotocopia de la escritura de la hipoteca.

Esta documentación deberá completarse en el acta del otorgamiento de la escritura de compraventa. Seguro que en ese momento, si la obra lleva días terminada, presumiblemente vivirán allí algunos de los copropietarios y la comunidad de propietarios estará ya construida. En estas circunstancias, el promotor, en el momento de la escritura, estará obligado a entregar:

  • Cédula de habitabilidad.
  • Certificado del banco sobre la situación de la hipoteca, en caso de subrogación o carta de pago y recibo de provisión de fondos de la cancelación registral, en su defecto.
  • Boletines por las diferentes compañías suministradoras de los servicios.
  • Listado de los industriales que han intervenido en la ejecución de la obra.
  • Garantías de los distintos electrodomésticos instalados.
  • Certificado de la comunidad conforme el promotor esta al corriente en el pago de los gastos referentes a la vivienda objeto de transmisión.

En Amat tenemos muy claro que, a pesar de la responsabilidad del promotor de facilitar toda esta documentación que hemos mencionado, es nuestra obligación velar porque sea entregada correcta y completamente al comprador.

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