¿Cómo puede afectarte la reparcelación de un solar recién adquirido?

Estoy en negociaciones para comprar un solar y al comprobar en el registro si existía alguna carga, me he enterado de la existencia de una nota en la que se hace constar que el solar está afecto al pago de la liquidación definitiva de la cuenta de reparcelación. ¿Me puede perjudicar esta inscripción? ¿Qué he de hacer para que desaparezca?

Cuando aparecen estas cargas nos encontramos ante un solar que procede de un expediente de reparcelación, posiblemente como resultado de la ejecución de un plan parcial y, como consecuencia, porque existe el solar como tal, ha sido necesario hacer unas obras de urbanización y unos equipamientos, que han estado abonados por el conjunto de los propietarios del Plan. Este tipo de inscripciones se hacen precisamente para garantizar que serán atendidos estos pagos. El solar responde en caso de que el propietario no pague las cuotas correspondientes de la Junta de Compensación y podría, llegar el caso, ser subastada a fin de atender los pagos. Es necesario también tener presente que esta deuda es preferente a otras deudas que se hagan constar sobre el solar en el Registro de la Propiedad.

Como el comprador del solar le recomiendo tres comprobaciones:

  1.   Que las obras de urbanización hayan finalizado completamente
  2.   Que el Ayuntamiento este de acuerdo con lo que se ha llevado a cabo
  3.   Que el vendedor las haya pagado íntegramente

Hechas estas comprobaciones para conseguir la cancelación de la anotación registral y reparcelación, hace falta por un lado que el Ayuntamiento acredite que las obras de urbanización han estado aprobadas y recepcionadas y por otra que la Junta de Compensación acredite que se han satisfecho todas las cuotas de urbanización.