¿Cuáles son las diferencias de contratos de arras?

Me gusta un piso y he preguntado a la agencia inmobiliaria que le vende cuál es el tipo de contrato que debo firmar. Me han hablado de un contrato de arras y me han explicado que existen varios tipos. Estoy un poco envuelto. ¿Cuáles son las diferencias de contratos de arras?

La doctrina considera que existen 3 tipos:

a) Confirmatorias: Pensadas para reforzar la existencia del contrato y normalmente representan el principio de su ejecución.

b) Penales: Tienen por finalidad garantizar la ejecución del contrato, mediante la pérdida en caso de incumplimiento.

c) Penitenciales: Permiten que las partes puedan desistir del contrato de forma lícita, perdiéndolas el comprador y devolviéndolas el vendedor.

Hoy es absolutamente habitual que las ventas, sobre todo en el mercado de segunda mano, se realicen mediante el otorgamiento de un documento de arras penitenciales conforme al artículo 1424 del Código Civil. Entendemos que este tipo de contrato es bueno para las dos partes que intervienen en la compraventa, ya que para el vendedor significa que si existe incumplimiento puede, con un simple requerimiento notarial, anular la operación realizada y quedarse la cifra percibida como a indemnización de daños y perjuicios y, para el comprador, es garantía de que el vendedor no se desdirá de la operación, ya que, en todo caso, deberá devolverse el doble de lo que él ha pagado.