Muchas normativas, difícil aplicación en este momento

En este país somos hacer leyes en cada momento, y cambiarlas constantemente, en especial las que hacen referencia al Urbanismo y al Vivienda. Cada Gobierno cambia todo. Es cierto que son temas muy sensibles y que, por ideología, cada Gobierno tiene una visión distinta. A este baile de leyes, cabe añadir aquellas normativas que nos vemos obligados a aplicar como miembros de la UE. Muchas de estas normativas afectan en especial a los ya propietarios de viviendas, en especial: el Reglamento de Baja Tensión, el ITE y la Eficiencia Energética.

Nuestra empresa, AMAT, somos claros defensores de la necesidad de aplicar todas aquellas normativas que impliquen una mayor seguridad de las viviendas o una mejor eficiencia. Por eso, cada vez que se publica una normativa de este tipo organizamos rápidamente una charla para nuestros clientes, a fin de que un técnico especialista en el tema pueda explicarles de una manera clara y comprensible en qué consiste, y sus consecuencias prácticas y económicas.

La verdad es que todas estas normas han llegado en un momento difícil para la sociedad y para los propietarios de las viviendas, ya que la aplicación de todas ellas implica un gasto importante.

Si nos paramos a pensar un poco más en el tema de la eficiencia energética y en la inminente obligación de tener el certificado para poder vender o alquilar, empiezan a surgir muchas dudas sobre la idoneidad del momento de aplicación. Para ver dónde los encontramos, nuestra empresa ha encargado la certificación de 8 viviendas diferentes (pisos y casas construidas en un período que va desde 1980 hasta hace sólo tres años), y el resultado ha sido el que ya pensábamos: todos los certificados nos demuestran que nuestro parque de viviendas es absolutamente ineficiente. Todas las pruebas nos han puesto de manifiesto que las viviendas están entre la letra F y la G, es decir, son muy ineficientes. Ante esto, ¿qué debe hacer el propietario? Nadie tiene los recursos para poder aplicar las correcciones necesarias, es cierto, pero no tiene obligación de corregirlo, tan sólo de informar. Como empresa comercializadora pensamos que ya será dificultoso convencer al propietario de que necesitamos el certificado, porque, en muchos casos, antes de poder poner en venta o alquiler, deberemos pedirle que obtenga la cédula de habitabilidad y el certificado de eficiencia energética. Supondrían dos gastos en el mismo momento, algo complicado pero hay que hacerlo.

 

Immaculada Amat
Codirectora Gerent d’Amat Immobiliaris