¿Se pueden modificar elementos comunes acordados en una obra nueva ya vendida?

¿Puede una promotora en el transcurso de la obra hacer cambios en los elementos comunes si ya ha vendido departamentos con documento privado?

Esta práctica ha sido habitual en los últimos años en que los pisos se vendían sobre plano, incluso antes de que se hubieran decidido todos los detalles, es por otro lado normal que en una obra, como elemento vivo, que en el transcurso de su ejecución sufra algunas variaciones, generalmente para mejorar, por mucho tiempo que se haya dedicado anteriormente a diseñarla.

Si los cambios afectan en concreto a departamentos ya vendidos, está claro que dichos cambios no se podrán realizar sin el consentimiento del comprador.

Pero ¿qué sucede si los cambios se realizan en los elementos comunes?

En principio y así lo determinan diversas sentencias, si los cambios no afectan a la descripción ni a la cuota de los departamentos vendidos, no pueden ser objeto de reclamación. A pesar de esto y para mas seguridad, es práctica habitual hacer constar en los documentos privados una cláusula donde se autoriza a la promotora a realizar modificaciones en la escritura de obra nueva y división y a redactar los estatutos de la comunidad, o bien a modificarlos si ya estaban redactados en el momento del documento privado.

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